Quiénes cobran la CTS de mayo 2026 en el Perú
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Quiénes cobran la CTS de mayo 2026 en el Perú

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28 de abril de 2026
J
José Templo
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José Templo

Corresponsal Global

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Falta poco para la llegada de mayo y miles de trabajadores del sector privado en el Perú vuelven a poner la mirada en uno de los beneficios laborales más esperados del año: la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Este ingreso, que funciona como un respaldo económico ante un eventual desempleo, debe ser depositado por los empleadores dentro de un plazo determinado y bajo condiciones específicas. En esta oportunidad, además, se mantiene vigente una disposición extraordinaria que permite a los trabajadores retirar el total de sus fondos, lo que ha incrementado el interés por conocer quiénes califican para recibir este dinero. En medio de este escenario, surgen interrogantes sobre los requisitos, las fechas exactas de pago y la forma en que se calcula este beneficio. Descubre quiénes acceden a este depósito, cuándo se realizará y qué aspectos debes tener en cuenta.

¿QUÉ TRABAJADORES RECIBEN LA CTS EN MAYO DE 2026?

El depósito de la CTS está dirigido a trabajadores que forman parte del régimen laboral privado y que cumplen con ciertas condiciones establecidas por la normativa vigente. Para acceder a este beneficio, es necesario:

  • Mantener una relación laboral activa al 30 de abril.
  • Cumplir una jornada mínima promedio de cuatro horas diarias.
  • Haber trabajado al menos un mes completo dentro del periodo semestral correspondiente.

Este grupo constituye la mayoría de empleados formales del sector privado, quienes reciben este ingreso como una forma de protección económica ante la pérdida de empleo.

¿QUIÉNES NO TIENEN DERECHO A LA CTS?

Existen también situaciones en las que no corresponde el pago de este beneficio. Entre los principales casos se encuentran:

  • Personas que laboran menos de cuatro horas al día, consideradas a tiempo parcial.
  • Trabajadores con remuneración integral anual, cuando este concepto ya incluye la CTS.
  • Empleados de microempresas inscritas en el REMYPE contratados después de su registro.

Sin embargo, aquellos trabajadores que ingresaron a una microempresa antes de su inscripción sí mantienen el derecho. En el caso de pequeñas empresas, el beneficio se entrega, pero solo equivale al 50% del monto habitual.

¿CUÁNDO SE REALIZA EL DEPÓSITO DE LA CTS?

El plazo máximo para que los empleadores realicen el depósito es el 15 de mayo de 2026, correspondiente al periodo de noviembre a abril. No obstante, las empresas tienen la posibilidad de efectuar el pago desde los primeros días hábiles del mes.

En ese sentido, el abono puede realizarse entre el 4 y el 15 de mayo, considerando únicamente días laborables. Cumplir con este plazo es obligatorio, ya que su incumplimiento puede generar sanciones para el empleador.

¿CUÁLES SON LAS REGLAS VIGENTES PARA EL RETIRO DEL 100% DE LOS FONDOS?

Bajo el amparo de la Ley Nº 32322, se ha establecido una medida extraordinaria que otorga flexibilidad total a los trabajadores. Los puntos clave sobre la disponibilidad del dinero son:

  • Libertad de retiro total: durante todo el año 2026, los empleados pueden disponer de la totalidad de sus fondos acumulados, incluyendo los nuevos depósitos de mayo y noviembre.
  • Fecha de caducidad: esta facultad de retiro íntegro vence de forma definitiva el 31 de diciembre de 2026.
  • Restricciones futuras: al iniciar el 2027, la ley volverá a ser más estricta, permitiendo solo retiros parciales que no superen el 50% del saldo, a menos que el titular enfrente situaciones graves de salud como enfermedades terminales.
CTS. (Foto: Andina)

¿CÓMO SE CALCULA LA CTS?

Calcular la CTS es más sencillo de lo que parece, ya que se basa en dos factores principales: tu remuneración mensual y el tiempo que has laborado en la empresa durante el semestre correspondiente. La fórmula general para determinar este beneficio es multiplicar tu sueldo mensual completo por el número de meses trabajados en el semestre y luego dividir ese resultado entre doce.

Para ilustrar este cálculo, consideremos un par de ejemplos prácticos. Si un trabajador, como Juan, percibe un salario mensual de S/2,000 y ha completado seis meses de servicio en el semestre, su CTS ascendería a S/1,000. Por otro lado, si una trabajadora como Carla, con un sueldo mensual de S/1,500, ha laborado solo tres meses en el semestre actual, su CTS se calcularía en S/375. Este monto será depositado en sus respectivas cuentas en los plazos establecidos por ley, según explica la plataforma web de BCP.

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