Fin de semana largo confirmado: revisa qué día será no laborable y quiénes descansan
Perú

Fin de semana largo confirmado: revisa qué día será no laborable y quiénes descansan

Lectura sugerida
28 de abril de 2026
R
Redacción EC
R

Redacción EC

Corresponsal Global

Compartir:

Con la llegada de mayo 2026, los feriados y días no laborables son una de las fechas más esperadas por los ciudadanos en el país, ya que se desconectan de la rutina y llevan a cabo diversas actividades fuera de sus horarios laborales o académicos. De hecho, los trabajadores peruanos son los más beneficiados con estos días festivos, pues muchos de ellos aprovechan para descansar y disfrutar en familia o, en todo caso, recibir un triple pago por trabajar en un día inhábil. En ese contexto, varios tendrán la oportunidad de gozar de un feriado largo debido a una importante festividad tanto para el Perú como en el mundo. Sin embargo, en medio de esta medida, han surgido cuestionamientos sobre quiénes serán los principales beneficiarios. En la siguiente nota te contamos todo lo que debes saber al respecto.

¿QUÉ DÍA SERÁ EL PRÓXIMO FERIADO EN EL PERÚ?

De acuerdo con el calendario nacional, el próximo feriado obligatorio en nuestro país será este viernes 1 de mayo debido a las celebraciones por el Día del Trabajador. De esta manera, tanto los empleados del sector público como del privado podrán gozar de un periodo de descanso prolongado de tres días a nivel nacional, al unirse con el sábado y domingo, lo que permitirá que los peruanos se alejen, una vez más, de la trajinada rutina laboral o académica. Es importante mencionar que esta efeméride conmemora la lucha de los trabajadores por obtener condiciones laborales más justas, y se otorga como jornada de descanso para empleados de diversos ámbitos. A continuación, te presentamos los demás feriados oficiales para este 2026:

  • Viernes 1 de mayo: Día del Trabajo
  • Domingo 7 de junio: Batalla de Arica y Día de la Bandera
  • Lunes 29 de junio: Día de San Pedro y San Pablo
  • Jueves 23 de julio: Día de la Fuerza Aérea del Perú
  • Martes 28 de julio: Fiestas Patrias
  • Miércoles 29 de julio: Fiestas Patrias
  • Jueves 6 de agosto: Batalla de Junín
  • Domingo 30 de agosto: Santa Rosa de Lima
  • Jueves 8 de octubre: Combate de Angamos
  • Domingo 1 de noviembre: Día de Todos los Santos
  • Martes 8 de diciembre: Inmaculada Concepción
  • Miércoles 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho
  • Viernes 25 de diciembre: Navidad

@mtpeperu

¿Este 1.° de mayo te toca chambear?🫵 💡Recuerda que, si laboras en feriado sin descanso sustitutorio y perteneces al sector privado, tienes derecho al triple pago. Para conocer todo sobre los descansos y remuneraciones, únete a nuestra charla virtual. 📅 30 de abril 🕚 2:30 p.m. 💻Vía Zoom Inscríbete en este link ➡️ https://bit.ly/3pagoFeriado

♬ sonido original - MTPE

¿CUÁNDO ES EL PAGO DE LA CTS 2026?

Antes de mencionar la fecha límite de pago de la CTS, es importante recordar que, a través de la Ley n.º 32322, el Ejecutivo promulgó el pasado 9 de mayo de 2025 en el Diario Oficial El Peruano el dictamen que permite el retiro de hasta el 100 % de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios, estableciendo como plazo hasta el 31 de diciembre de 2026. Así, la norma dispone que millones de trabajadores formales del país tendrán la posibilidad de retirar libremente la totalidad de sus depósitos acumulados en las entidades financieras, ya sea en una sola transacción o en varias. De esta manera, funciona como un fondo de ahorro obligatorio destinado a brindar protección económica al trabajador en caso de quedar desempleado, actuando como un respaldo financiero frente a la pérdida del empleo.

Asimismo, los empleados del sector privado del país reciben la CTS en dos ocasiones al año (mayo y noviembre) para que puedan utilizarla en caso de urgencias, imprevistos o simplemente como un ahorro. Por ello, en esta oportunidad, el primer depósito del año, en el que se hace un cálculo de los meses de noviembre a abril, se debe realizar como máximo el viernes 15 de mayo de 2026. Cabe mencionar que, el pago está dirigido a los trabajadores del régimen laboral general de la actividad privada, que trabajan como mínimo una jornada de cuatro horas todos los días. Aunque, en cuanto a los empleados que forman parte de regímenes especiales, como construcción civil, el régimen agrario, pesca, artistas y otros casos parecidos, están sujetos a regulaciones determinadas.

Sigue la cobertura completa

Este reportaje continúa con más detalles, multimedia y seguimiento en vivo en El Comercio.

Ir a la fuente original

Verificado • El Comercio

Fin de semana largo confirmado: revisa qué día será no laborable y quiénes descansan